Antes de que expire su estatus de pre-asentado, debe presentar una solicitud para el estado de asentado, que también se conoce como permiso indefinido de permanencia. Debe haber residido en el Reino Unido por cinco años para calificar para el estatus de asentado. Si su solicitud para el estatus de asentado tiene éxito, se le concederá permiso indefinido para permanecer en el Reino Unido (settled status). 

El Ministerio del Interior ya debería tener el correo electrónico y un número de teléfono (asegúrese de actualizarlos tan pronto como haya algún cambio) de su solicitud anterior. Cada solicitud se decide en función de sus méritos, por lo que es muy importante que envíe todos los documentos que respalden su solicitud.

Los pasos que debes seguir

De la misma manera que solicitó el estatus previo, para comenzar la solicitud del estatus de asentado, comience con la aplicación en su móvil para escanear su documento de identidad en el app EU EXIT: ID Document check y continúe en el formulario en la página web del gobierno. Le  pueden pedir que proporcione evidencia de su residencia continua.

Necesitará:

 

-Un documento de identidad biométrico que puede escanear con la aplicación EU EXIT: ID Check

-Número de seguro nacional (NIN), si tiene uno

-Correo electrónico

-Número de teléfono

-Prueba de “residencia continua”

Residencia continua

Para calificar para el estatus de asentado, debe haber pasado cinco años viviendo en el Reino Unido y en cada uno de estos cinco años puede pasar un máximo de seis meses fuera del Reino Unido en cualquier período de doce meses. Es posible que no se le otorgue el estatus de asentado si pasó más de seis meses en cualquier período de doce meses fuera del Reino Unido.

¿Cuánto duran seis meses?

180 días.

¿Cuándo comienza el cálculo de mis ausencias?

La ausencia de seis meses (o 180 días) no se limita a un solo período prolongado fuera del Reino Unido, se aplica a viajes múltiples que suman seis meses en total. Esto significa que cuando hay varios viajes, también hay varios períodos de 12 meses “continuos” y cada período de 12 meses deberá ser monitoreado para asegurarse de que las ausencias en “cualquier período de 12 meses” no asciendan a más de seis meses.

Si ha presentado una solicitud para reunirse con un familiar en el Reino Unido, la residencia continua comenzará a partir de la fecha en que reciba su estatus. El cómputo de ausencias comenzará a partir de la misma fecha.

¿Cuándo se permite una ausencia prolongada?

Puede obtener el estatus de asentado si residía en el Reino Unido antes del 31 de diciembre de 2020, pero dejó el Reino Unido por una ausencia de entre 6 y 12 meses por un motivo importante, que podría incluir:

  • Parto
  • Enfermedad severa
  • Estudio
  • Entrenamiento profesional
  • Transferencia al extranjero por motivos laborales
  • COVID-19

Ausencias con estado de pre-asentado

Ausencias inferiores a 6 meses

Si tiene menos de 180 días de ausencia, calculados acumulativamente, en cada período de 12 meses del período de residencia de 5 años, podrá solicitar el estatus de asentado al final del período de 5 años.

Ausencias superiores a 6 meses

Si tiene más de 180 días de ausencia, calculados acumulativamente, en cualquiera de los períodos de 12 meses del período de 5 años, no es elegible para solicitar el estatus de asentado. Sin embargo, puede vivir, trabajar y estudiar en el Reino Unido hasta que finalice su estatus de  pre-asentado después de 5 años de la fecha en que se le concedió.

Ausencias superiores a 24 meses

Si ha estado ausente por más de 24 meses (una sola ausencia por más de 2 años), su estatus pre-asentado ya no es válido y deberá solicitar una visa bajo el sistema de inmigración de puntos del Reino Unido.

Ausencias por Covid-19

Para justificar una ausencia de menos de 12 meses causada por la pandemia, puede presentar cualquier motivo relacionado con el coronavirus al solicitar el estado de asentado. Tenga en cuenta que se evaluará el momento de la ausencia. Por ejemplo, el confinamiento  en el  Reino Unido que comenzó en marzo de 2020.

Algunas justificaciones aceptables para las ausencias relacionadas con el coronavirus son:

-Se sentía más seguro en el lugar al que elegiste ir (o quedarte) en el extranjero

-Estaba trabajando o estudiando desde casa en el extranjero

-Estaba desempleado en el Reino Unido y regresó a vivir con su familia en el extranjero.

Ausencias de más de 12 meses debido a Covid-19

Si el Ministerio del Interior acepta su justificación de ausencia por el Covis-19, los primeros 12 meses de ausencia se pueden utilizar para su residencia continua de 5 años. Pero debido al ‘exceso’ de meses, el período de calificación deberá extenderse y, cuando solicite SS, deberá demostrar que ha estado en el Reino Unido durante 5 años + X meses, donde X = número de meses pasados en el extranjero por más de 12 meses.

¿Cómo se calculan 2 ausencias superiores a 6 meses?

Al menos una de las dos ausencias debe ser causada por la pandemia:

Primera ausencia: solo los primeros 12 meses de ausencia se pueden utilizar para sus 5 años de residencia continua.

Segunda ausencia: solo los primeros 6 meses de ausencia se pueden utilizar para sus 5 años de residencia continua.

Podrá solicitar SS si puede demostrar que ha vivido en el Reino Unido durante 5 años + X meses, donde X = número de meses “excedentes”.

Hacer una segunda aplicación al estatus de pre-asentado debido a Covid

Puedo hacer una segunda solicitud de estatus de pre-asentado si su período de calificación se ha extendido para cubrir el período de ausencia que pasó en el extranjero debido al Covid-19.

Tendrá que enviar una segunda solicitud utilizando la aplicación EU Exit: ID Check y necesitará:

-Documento de identidad biométrico válido.

-Evidencia que justifique su ausencia y que demuestre que desde su regreso al Reino Unido no ha interrumpido su residencia continua.

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